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Un borrador del proyecto de reforma laboral que analiza el gobierno y representantes del sector empresario propone cambios significativos en el régimen de vacaciones para los trabajadores en relación de dependencia. Si la ley avanza, el período de vacaciones podrá otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque podrá modificarse este plazo por acuerdo entre empleador y trabajador. 

El proyecto habilita el fraccionamiento del descanso anual: las vacaciones se podrían dividir en períodos menores, siempre que cada tramo tenga al menos una semana de duración. Además, si las vacaciones se interrumpen por enfermedad, el trabajador podrá reincorporarse y reprogramar el saldo de días pendientes. 

En cuanto a la remuneración, la reforma establece reglas claras: quienes cobran sueldo mensual recibirán el pago vacacional calculado sobre 1/25 del sueldo mensual; los asalariados por día u hora cobrarán según su último día de trabajo, con ajustes si hubo jornadas extra. Los que trabajen a destajo o comisiones verán su descanso pagado tomando el promedio del último semestre o año. 

El borrador también deja en manos de las convenciones colectivas de trabajo la posibilidad de adaptar regímenes según sector: banco de horas, distribución flexible de jornadas, y mecanismos de compensaciones. Si el proyecto prospera, transformaría uno de los derechos laborales más tradicionales, las vacaciones, para adecuarlo a nuevas formas de empleo, generando debate sobre sus beneficios y riesgos.

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