El Ministerio de Salud estableció que los extranjeros sin residencia permanente deberán contar con seguro médico o abonar previamente la atención programada, mientras que las emergencias seguirán garantizadas sin importar la situación migratoria.
La resolución reglamenta los mecanismos administrativos para la atención de extranjeros en hospitales nacionales y establece que aquellos con residencia permanente en Argentina podrán acceder al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos.
Para los extranjeros sin residencia permanente, se implementarán dos circuitos de facturación: uno destinado a pacientes que cuenten con seguro médico y otro para quienes no tengan cobertura. En los casos de prestaciones programadas sin seguro, el pago del servicio deberá realizarse antes de recibir la atención.
La normativa aclara que la atención de emergencias seguirá estando garantizada y no podrá ser rechazada ni condicionada por la situación migratoria, la falta de cobertura o la ausencia de pago previo. Una vez superada la urgencia y estabilizado el paciente, las prestaciones posteriores podrán quedar sujetas al régimen de cobro establecido.
La medida será aplicada en los establecimientos sanitarios dependientes del Estado Nacional y busca implementar los cambios establecidos en la reforma de la Ley de Migraciones, garantizando la atención de urgencias y estableciendo un mecanismo para ordenar el financiamiento de las prestaciones habituales a extranjeros sin residencia permanente.






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